Civil - Rol N° V-96-2015
Nombramiento de Curador de Ausente para Venta de Inmueble Hereditario
Abstracto
Tribunal designa curador de bienes para heredero ausente, permitiendo la venta de inmueble familiar que genera perjuicios a los demás copropietarios por su ausencia e incomunicación.
Resumen
- Una heredera solicita el nombramiento de curador de bienes para su hermano declarado ausente, don .
- La solicitud se sustenta en la necesidad de enajenar un inmueble hereditario, copropiedad de los hermanos tras el fallecimiento de ambos progenitores.
- La ausencia de don y su falta de comunicación impiden la venta del bien común, generando perjuicios graves a los demás copropietarios.
- El Código Civil, en sus artículos 338 y 343, define las curadurías de bienes como cargos impuestos para la administración de negocios de quienes no pueden hacerlo por sí mismos, incluyendo a los ausentes.
- El artículo 473 del Código Civil establece que se nombrará curador de bienes al ausente cuando se desconozca su paradero o no tenga comunicación, y ello genere perjuici...
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