Contraloría - Dictamen N° 8388 2005
Dictamen sobre derecho a liberación de guardias nocturnas para médicos
Abstracto
Contraloría determina que médico contratado bajo Código del Trabajo no tiene derecho a liberación de guardias nocturnas según Ley 15.076, al no estar afecto a su régimen remuneratorio.
Resumen
- Un médico cirujano del Hospital Militar de Santiago solicitó el beneficio de liberación de guardias nocturnas y en días festivos, contemplado en el artículo 44 de la Ley N° 15.076.
- La autorización para contratar personal en el Hospital Militar, en conformidad a la Ley N° 18.476, faculta para someter a los profesionales a la Ley N° 15.076 en su régimen remuneratorio, o a la legislación laboral común (Código del Trabajo).
- El artículo 261 del DFL N° 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional, establece que solo los empleados civiles afectos al régimen de remuneraciones de la Ley N° 15.076 tendrán derecho a la liberación de servicios de guardias nocturnas y en días festivos.
- El peticionario se encuentra contratado bajo el régimen del Código del Trabajo desde el 15 de marzo de 1991....
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