Contraloría - Dictamen N° 29517 2005
Aplicación OGUC: Loteo de viviendas económicas y superficie mínima
Abstracto
Dictamen aclara que proyecto de 24 viviendas económicas en 5.500 m², que implica loteo y urbanización, no cumple requisito de 1 hectárea del artículo 6.2.5 OGUC y, por ende, no accede a beneficios del artículo 6.1.8.
Resumen
- El proyecto en cuestión corresponde a un conjunto de 24 viviendas DFL. 2, emplazadas en una superficie total de 5.500 m², que requiere obras de urbanización y segregación en lotes individuales, configurando un "Loteo DFL. N° 2".
- El artículo 6.1.8 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC) establece beneficios para conjuntos de viviendas económicas de hasta 4 pisos de altura, permitiendo la aplicación de normas específicas de los Instrumentos de Planificación Territorial (IPT), siempre que se cumplan ciertas condiciones.
- El artículo 6.2.5 de la OGUC regula los proyectos de loteo con construcción simultánea de viviendas que requieran alterar las normas del Instrumento de Planificación Territorial respectivo, exigiendo como requisito mínimo una superficie de una hectár...
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