Contraloría - Dictamen N° 29994 2005

Dictamen sobre control de legalidad para prescindibilidad de inmuebles fiscales

Abstracto

Dictamen aclara que la declaración de prescindibilidad de inmuebles fiscales es un acto preparatorio no sujeto a toma de razón previa, a diferencia de la aprobación de bases de licitación y la enajenación misma.

Resumen

  • La Contraloría General de la República analizó una resolución de la Subsecretaría de Obras Públicas que declaró prescindible un inmueble fiscal.
  • El análisis se centró en determinar si la declaración de prescindibilidad de un inmueble fiscal, como acto preparatorio, estaba sujeta a toma de razón previa.
  • Se aplicó el artículo 8° del Decreto Ley N° 1.056, de 1975, que requiere la declaración de prescindibilidad para la enajenación de bienes fiscales.
  • La Contraloría determinó que la declaración de prescindibilidad no está sujeta a control previo de legalidad ('toma de razón') según los artículos 2° N° 11 y 3° N° 5 inciso 3° de la Resolución N° 520/96.
  • Estas disposiciones de la Resolución N° 520/96 exigen control previo para la aprobación de bases administrativas y la enajenación de b...

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