Contraloría - Dictamen N° 1638 2006
Dictamen sobre incompatibilidad de bonos de reconocimiento con pensiones por gracia
Abstracto
Contraloría determina que exonerado político no tiene derecho a pensión no contributiva por gracia si bonos de reconocimiento están consumidos en pensión de vejez, configurando incompatibilidad legal.
Resumen
- El artículo 6º de la Ley N° 19.234 establece los requisitos que los exonerados políticos deben cumplir para ser beneficiarios de pensiones no contributivas, otorgadas por gracia.
- El artículo 16, inciso primero, de la Ley N° 19.234 prescribe la incompatibilidad de estas pensiones con otras pensiones provenientes de regímenes previsionales, y también con el otorgamiento de bonos de reconocimiento a que se refiere el Decreto Ley N° 3.500, de 1980.
- La jurisprudencia de la Contraloría General, contenida en dictámenes como el N° 23.059, de 2002, ha precisado que la incompatibilidad consagrada en el artículo 16 de la Ley N° 19.234 se configura una vez que el bono de reconocimiento se encuentra consumido en algún beneficio previsional.
- El artículo 5°, número 2, de la Ley N° 19.234 prevé qu...
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