Contraloría - Dictamen N° 3234 2006

Alcance distanciamiento 100 metros: Expendios de alcohol y establecimientos relacionados

Abstracto

La Contraloría General interpreta que el distanciamiento de 100 metros se aplica bidireccionalmente entre expendios de alcohol y establecimientos como educacionales o de salud, protegiendo derechos adquiridos ante futuras instalaciones.

Resumen

  • El Dictamen N° 003234N06 de la Contraloría General, de fecha 20-01-2006, analiza el alcance del inciso cuarto del artículo 8° de la Ley N° 19.925 sobre Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas, respecto al distanciamiento mínimo.
  • Se reconsidera la interpretación del Dictamen N° 1.131 de 2005 de la Contraloría Regional del Maule, que había interpretado restrictivamente la norma.
  • La interpretación previa de la Contraloría Regional del Maule sostenía que la distancia mínima de cien metros solo era exigible para establecimientos de expendio de alcoholes respecto de otros establecimientos, pero no a la inversa, permitiendo la instalación de nuevos establecimientos cerca de expendios ya existentes.
  • La Ley N° 19.925, en su artículo 8°, inciso cuarto, establece una distancia mínima de cie...

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