Contraloría - Dictamen N° 330 2006

Dictamen sobre licencias médicas, salud irrecuperable y término laboral

Abstracto

Dictamen analiza el pago de remuneraciones y cotizaciones ante licencias médicas rechazadas para personal no docente, estableciendo que la declaratoria de salud irrecuperable debe ser tramitada ante la comisión médica competente y que la invalidez no es causal de término laboral sin indemnización.

Resumen

  • El personal no docente de establecimientos educacionales administrados por municipalidades o corporaciones privadas sin fines de lucro se rige por el Código del Trabajo, pero en materia de permisos y licencias médicas, aplica la Ley N° 18.883.
  • Las licencias médicas son un derecho para el funcionario de ausentarse temporalmente a fin de atender el restablecimiento de su salud, bajo prescripción profesional, y durante su vigencia se goza de remuneración completa.
  • El rechazo de una licencia médica por la autoridad competente permite justificar la ausencia al trabajo, pero resulta improcedente percibir remuneraciones y cotizaciones previsionales por dicho período de inasistencia.
  • Las licencias médicas solo proceden para dolencias temporales con el fin de alcanzar la recuperación de la ...

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