Contraloría - Dictamen N° 3503 2006
Interpretación Feriado Legal Discontinuo en Personal con Turnos Rotativos
Abstracto
La Contraloría establece que el personal con turnos rotativos que solicita feriado legal discontinuo solo goza de descanso los días solicitados, sin extenderse a períodos intermedios, pues todos los días del año son hábiles en tales sistemas.
Resumen
- El feriado legal se define como el descanso al que tiene derecho el funcionario, con goce de todas las remuneraciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 102 de la Ley N° 18.834.
- Se analiza el ejercicio del feriado legal discontinuo para personal adscrito a sistemas de turnos rotativos del Servicio de Salud Metropolitano Norte, afectos a la Ley N° 18.834.
- Los funcionarios que se desempeñan en un sistema de turnos rotativos, cuya naturaleza exige prestar servicio en forma continua, deben respetar su jornada diaria de trabajo al solicitar el ejercicio del feriado.
- La solicitud de ejercicio del feriado legal de manera discontinua por parte de un funcionario adscrito a un sistema de turnos rotativos no hace extensivo el feriado a los días comprendidos en el tiempo intermedio entre ...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.
Prueba ahora