Contraloría - Dictamen N° 11721 2006

Interpretación Cobro Patente Municipal sin Autorización Previa y Sanciones

Abstracto

La Contraloría General determina que la autorización municipal para ejercer actividades no es parte del hecho gravado de la patente, debiendo cobrarse esta última y aplicarse sanciones por la omisión de dicho requisito.

Resumen

  • El ejercicio de actividades lucrativas en un lugar determinado constituye el hecho gravado para la patente municipal, según los artículos 23 y 24 del DL 3063/79, sin que la autorización municipal previa sea parte de dicho hecho gravado, sino un requisito procedimental para iniciar la actividad.
  • La obligación de pagar la patente municipal surge del mero ejercicio de actividades afectas al impuesto, independientemente de si el contribuyente ha obtenido o no la autorización municipal correspondiente para funcionar.
  • Las municipalidades tienen la obligación legal de aplicar las sanciones correspondientes (multas y clausuras) y cobrar los reajustes e intereses pertinentes cuando sorprendan a contribuyentes realizando actividades afectas sin la debida autorización municipal previa.
  • Si los...

Desbloquea el contenido completo gratis

Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.

Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con

Investigación Jurídica con IA

Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.

Prueba ahora