Contraloría - Dictamen N° 29101 2006
Permiso y derechos municipales para campamentos habitables transitorios con contenedores.
Abstracto
La Contraloría establece que campamentos habitacionales transitorios de contenedores, al constituir recintos habitables, requieren permiso municipal y el pago de derechos, desestimando exenciones urbanísticas.
Resumen
- La Empresa Promet Servicios S.A. consultó sobre la procedencia de exigir permiso municipal y el cobro de derechos para la construcción de un campamento provisional de contenedores destinado a trabajadores mineros.
- La empresa argumentó que dichas instalaciones no requerían permiso municipal ni pago de derechos, basándose en exenciones para obras ligeras o provisionales sin cimientos.
- El Artículo 116, inciso tercero, del DFL N° 458 (Ley General de Urbanismo y Construcciones - LGUC) exime de permiso a obras urbanas o rurales de carácter ligero o provisorio, según lo determine la Ordenanza General.
- El Artículo 5.1.2, N° 2, de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC) especifica que no será necesario permiso para elementos exteriores sobrepuestos que no requieran cimient...
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