Contraloría - Dictamen N° 31121 2006
Dictamen Contraloría: Comodato de Bienes Muebles Municipales No Sometidos a Regulación Especial
Abstracto
La Contraloría General reconsidera jurisprudencia y declara procedente el comodato de bienes muebles municipales no regulados especialmente, siempre que se enmarque en atribuciones, resguarde los bienes y sea necesario para cumplir funciones.
Resumen
- Las municipalidades tienen por finalidad satisfacer las necesidades de la comunidad local y asegurar su participación en el progreso económico, social y cultural, conforme a los artículos 1, 3 y 4 de la Ley N° 18.695.
- La Ley N° 18.695 confiere a los municipios atribuciones para administrar sus bienes muebles e inmuebles, facultades ejercidas a través del respectivo alcalde (artículo 5, letra c, y 63, letra f).
- La autoridad alcaldicia posee la atribución de ejecutar y celebrar los contratos necesarios para el adecuado cumplimiento de las funciones municipales, según el artículo 63, letra II, de la Ley N° 18.695.
- La celebración de contratos municipales que involucren montos iguales o superiores a 500 unidades tributarias mensuales requiere la aprobación previa del concejo municipal (...
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