Contraloría - Dictamen N° 31277 2006

Dictamen sobre cómputo de plazo para notificación por carta certificada

Abstracto

Dictamen establece que el plazo de tres días para notificaciones por carta certificada según Ley 19.880 comienza a contar desde la fecha de recepción por la oficina de Correos.

Resumen

  • El artículo 46, inciso segundo, de la Ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos, indica que las notificaciones por carta certificada se entienden practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de Correos.
  • La norma citada genera una presunción de conocimiento de la resolución notificada para el interesado, una vez que transcurren los tres días subsiguientes a la recepción de la carta por la oficina de Correos.
  • Para determinar la fecha de inicio del cómputo de los tres días, debe estarse a la fecha de recepción de la carta certificada estampada por la oficina de Correos en el sobre que la contiene.
  • Esta fecha estampada por la oficina de Correos es la única fecha de recepción conocida por el notificado al recibir la carta, con...

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