Contraloría - Dictamen N° 32019 2006

Interpretación de prohibición de uso de suelo y excepciones de destinos en urbanismo.

Abstracto

Este dictamen aclara que la prohibición genérica de 'todo otro uso no indicado precedentemente' en instrumentos de planificación territorial no constituye la 'restricción expresa de destino' requerida por el artículo 2.1.21, inciso segundo, de la OGUC para aplicar una excepción a los usos de suelo.

Resumen

  • El Dictamen N° 032019N06, emitido el 11-07-2006 por la División de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, complementa el Dictamen N° 12.387/2006 sobre la interpretación del artículo 2.1.21 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC).
  • El análisis se centra en dilucidar el alcance del inciso segundo del artículo 2.1.21 de la OGUC, referente a los usos de suelo admisibles en predios afectados por dos o más zonas o subzonas según instrumentos de planificación territorial.
  • El artículo 2.1.21, inciso segundo, de la OGUC establece que, en predios afectos a múltiples zonas, se admitirán todos los usos permitidos por el frente de calle de mayor ancho o por la zona que cubra dos tercios o más de la superficie, salvo excepciones.
  • Las excepciones contempladas en el artículo 2...

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