Contraloría - Dictamen N° 32775 2006
Análisis de requisitos para sobresueldo por título profesional en Carabineros
Abstracto
Dictamen determina que Oficial 1º de Secretaría de Carabineros no tiene derecho a sobresueldo por título profesional, ya que sus funciones no corresponden a las propias de su título de Ingeniero de Ejecución en Gestión Pública, a pesar de ser este un título profesional válido.
Resumen
- El derecho a un sobresueldo del 35% por título profesional para el personal de Carabineros se rige por el artículo 48, letra c), del DFL N° 2, de 1968, del Ministerio del Interior.
- Para acceder al sobresueldo, el personal de Carabineros debe poseer un título profesional universitario y desempeñarse en funciones propias de dicho título, según DFL N° 2/1968.
- El Decreto N° 87, de 1999, del Ministerio de Defensa Nacional, reglamenta el beneficio, exigiendo título profesional reconocido y desempeño de funciones propias del mismo, certificadas por el superior directo.
- El título de Ingeniero de Ejecución en Gestión Pública, otorgado por la Universidad Academia de Humanismo Cristiano, ha sido reconocido previamente como válido para estos efectos (Dictamen N° 48.505/2001).
- La solicitud se...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.
Prueba ahora