Contraloría - Dictamen N° 33599 2006

Dictamen Contraloría: Acuerdo concejo para concesiones y contratos municipales

Abstracto

La Contraloría aclara que el acuerdo del concejo municipal requerido por el art. 65 i) de la ley 18.695 no aplica a las concesiones, diferenciándolo del art. 65 j) y del art. 8°, y detalla requisitos para otros contratos.

Resumen

  • La Contraloría General de la República ha analizado la aplicación del artículo 65, letra i), de la Ley N° 18.695, modificado por la Ley N° 20.033, estableciendo que este precepto exige el acuerdo del concejo municipal para la celebración de convenios y contratos que superen las 500 unidades tributarias mensuales. Sin embargo, se precisa que dicho artículo no abarca las concesiones municipales, las cuales cuentan con una regulación especial y autónoma.
  • De acuerdo con el artículo 65, letra j), de la Ley N° 18.695, el alcalde necesita la aprobación del concejo para otorgar concesiones municipales, así como para renovarlas o ponerles término. Esta normativa no realiza ninguna distinción respecto al monto que las referidas concesiones implican, ni establece quórum específico para su aprobac...

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