Contraloría - Dictamen N° 34795 2006
Dictamen sobre formas y aprobación de compensaciones en mediaciones de salud pública
Abstracto
La Contraloría clarifica que la Ley 19.966 y su reglamento permiten compensaciones en dinero o prestaciones de salud en mediaciones, detalla requisitos de aprobación según monto y la necesidad de valorar prestaciones no dinerarias.
Resumen
- La Ley N° 19.966 no limita la forma en que pueden pagarse las compensaciones por acuerdos extrajudiciales celebrados en procedimientos de mediación.
- Los servicios de salud pueden resarcir el daño reclamado mediante el otorgamiento de prestaciones de salud como forma de compensación en acuerdos extrajudiciales, siempre que estén dentro de su competencia.
- El Decreto N° 47, de 2005, que aprueba el reglamento del sistema de mediación, otorga libertad a las partes para pactar soluciones y definir la forma de cumplimiento de los acuerdos.
- Según el artículo 35 del reglamento de mediación, las partes pueden estipular el pago de compensaciones en dinero o apreciables en dinero, como la realización de prestaciones asistenciales u otro tipo de prestaciones.
- Las prestaciones de salud otorgad...
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