Contraloría - Dictamen N° 35169 2006
Contraloría General: Competencia para revisar calificaciones de Carabineros.
Abstracto
La Contraloría General determina que solo puede revisar calificaciones de Carabineros bajo requisitos específicos de listas de eliminación o observación y plazo legal, desestimando un caso por no cumplirse.
Resumen
- El artículo 22 de la Ley N° 18.961, Orgánica Constitucional de Carabineros de Chile, establece que el desempeño profesional se evalúa a través de un sistema de calificación y clasificación, fundado en méritos y deficiencias, siendo los órganos de selección y apelación competentes para apreciar la idoneidad, eficiencia y condiciones personales.
- De conformidad con el artículo 32 del DFL N° 2, de 1968, y el artículo 36 de la Ley N° 11.595, la Contraloría General tiene facultades excepcionales para revisar los procesos calificatorios del personal de Carabineros.
- La revisión de la Contraloría procede cuando, como consecuencia directa o inmediata de la evaluación, el funcionario ha sido calificado en Lista N° 4 (de Eliminación) o por segunda vez consecutiva en Lista N° 3 (de Observación). ...
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