Contraloría - Dictamen N° 46285 2006

Devolución de patente municipal cobrada antes del inicio de actividades

Abstracto

La Contraloría determina que la patente municipal solo es exigible desde el inicio efectivo de actividades lucrativas, procediendo la devolución de sumas pagadas por periodos previos a dicho inicio, como la construcción de una planta.

Resumen

  • La patente municipal grava el ejercicio de toda profesión, oficio, industria, comercio, arte o cualquier otra actividad lucrativa secundaria o terciaria.
  • El hecho gravado para la patente municipal es el desarrollo de cualquier actividad a través de la cual sea posible obtener una legítima ganancia.
  • Las actividades que no se realizan con el objeto de obtener ganancia o que no importan la explotación del negocio no dan lugar a la obligación tributaria de patente municipal.
  • El inicio de las actividades gravadas con patente municipal es una cuestión de hecho que debe ser verificada por el municipio.
  • La mera declaración de inicio de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos no es suficiente para determinar el inicio del hecho gravado de patente municipal.
  • La patente municip...

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