Contraloría - Dictamen N° 46355 2006
Procedencia de notificación de sumario administrativo durante licencia médica de funcionario
Abstracto
La Contraloría establece que la licencia médica no impide la notificación de un sumario administrativo, la cual procede según las reglas generales, incluyendo la notificación por carta certificada si el funcionario no es habido personalmente.
Resumen
- La licencia médica de un funcionario público solo permite la ausencia o reducción de la jornada de trabajo, pero no altera su calidad de servidor público ni sus derechos y obligaciones inherentes a esa condición.
- Las notificaciones en un proceso de sumario administrativo deben realizarse, en primera instancia, de forma personal al funcionario.
- En caso de que el funcionario no sea habido en su domicilio o lugar de trabajo tras dos días consecutivos de intento de notificación personal, la notificación se realizará por carta certificada dirigida al domicilio que tenga registrado ante la institución.
- Si no existe un domicilio registrado en la institución, la notificación por carta certificada deberá efectuarse en la oficina del afectado.
- Para todos los efectos legales, se considerará...
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