Contraloría - Dictamen N° 46401 2006
Competencia de Superintendencia AFP: Intermediación pensiones renta vitalicia DL 3500/80
Abstracto
Dictamen aclara la competencia de la Superintendencia de AFP para interpretar legislación, dictar normas y regular contratos de seguros en la intermediación de pensiones bajo modalidad de rentas vitalicias, conforme al DL 3500/80.
Resumen
- La Superintendencia de Administradoras de Fondos de Pensiones (Superintendencia de AFP) tiene competencia para fijar la interpretación de la legislación y reglamentación del Sistema establecido en el DL 3500/80.
- La interpretación de la legislación y reglamentación del Sistema del DL 3500/80 por parte de la Superintendencia de AFP tiene carácter obligatorio para las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).
- La Superintendencia de AFP está facultada para dictar normas generales para la aplicación de la legislación y reglamentación del Sistema.
- La Superintendencia de AFP debe establecer normas que regulen los contratos de seguro destinados a constituir las prestaciones que establece el DL 3500/80.
- Las atribuciones de la Superintendencia de AFP en materia de interpretación y dict...
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