Contraloría - Dictamen N° 47977 2006

Competencia Contraloría para Calificar Enfermedades Invalidantes en la Armada

Abstracto

La Contraloría General determina que solo las Comisiones de Sanidad Institucionales son competentes para calificar enfermedades invalidantes permanentes, sin que dicho organismo pueda revisar los fundamentos de tales informes.

Resumen

  • Las Comisiones de Sanidad Institucionales son las únicas entidades facultadas para calificar dolencias de sus funcionarios como enfermedad invalidante de carácter permanente.
  • Los informes emitidos por las Comisiones de Sanidad Institucionales constituyen plena prueba respecto a la calificación de enfermedades invalidantes de carácter permanente.
  • La Contraloría General de la República carece de competencia para revisar los elementos fundantes de los informes emitidos por las Comisiones de Sanidad Institucionales sobre enfermedades invalidantes.
  • El artículo 237 del DFL N° 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional, dispone que la calificación de enfermedades invalidantes de carácter permanente será exclusiva de la Comisión de Sanidad de la respectiva institución.
  • La calificació...

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