Contraloría - Dictamen N° 49388 2006

Análisis de contratación municipal para mantención de áreas verdes

Abstracto

La Contraloría General aclara que la mantención de áreas verdes en municipios es una labor habitual, excluyendo la contratación a honorarios y por Código del Trabajo, pero permitiendo nombramientos, contratas o concesiones de servicios.

Resumen

  • Las municipalidades deben ejecutar sus funciones conforme a sus atribuciones legales, ya sea directamente o mediante la concesión de servicios (Art. 3 y 4, Ley 18.695; Art. 8, Ley 18.695).
  • Para la ejecución directa de funciones permanentes como la mantención de áreas verdes, los municipios pueden recurrir al nombramiento de funcionarios titulares, designaciones a contrata, contrataciones bajo el Código del Trabajo, o por la vía de honorarios.
  • El nombramiento de personal de planta y las designaciones a contrata constituyen la regla general de provisión de personal municipal para tareas de mantención de áreas verdes, siempre que el funcionario pertenezca a la planta auxiliar o, en el caso de contratas, no se exceda el límite del 20% fijado en el Art. 2 de la Ley 18.883.
  • La contrataci...

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