Contraloría - Dictamen N° 50067 2006
Interpretación Contraloría sobre reducción de horas de docencia y compensación económica
Abstracto
La Contraloría General interpreta el artículo 69 de la ley 19.070, estableciendo que los docentes pueden reducir horas de docencia efectiva, pero no tienen derecho a indemnización económica por dichas horas.
Resumen
- El artículo 69, inciso final, de la ley 19.070, permite a docentes con 30 o más años de servicio reducir sus horas de docencia de aula.
- La reducción máxima permitida para la docencia de aula efectiva es a 24 horas semanales.
- El tiempo restante del horario docente debe asignarse a actividades curriculares no lectivas.
- La reducción de horas de docencia de aula rige a partir del año escolar siguiente, o en el año respectivo si no se produce menoscabo a la atención docente.
- La facultad de reducir las horas de docencia de aula constituye un derecho para el profesional de la educación.
- Este derecho de reducción horaria no puede ser denegado discrecionalmente por la autoridad competente si se cumplen los requisitos establecidos.
- La consulta que origina este dictamen provino de una p...
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