Contraloría - Dictamen N° 50067 2006

Interpretación Contraloría sobre reducción de horas de docencia y compensación económica

Abstracto

La Contraloría General interpreta el artículo 69 de la ley 19.070, estableciendo que los docentes pueden reducir horas de docencia efectiva, pero no tienen derecho a indemnización económica por dichas horas.

Resumen

  • El artículo 69, inciso final, de la ley 19.070, permite a docentes con 30 o más años de servicio reducir sus horas de docencia de aula.
  • La reducción máxima permitida para la docencia de aula efectiva es a 24 horas semanales.
  • El tiempo restante del horario docente debe asignarse a actividades curriculares no lectivas.
  • La reducción de horas de docencia de aula rige a partir del año escolar siguiente, o en el año respectivo si no se produce menoscabo a la atención docente.
  • La facultad de reducir las horas de docencia de aula constituye un derecho para el profesional de la educación.
  • Este derecho de reducción horaria no puede ser denegado discrecionalmente por la autoridad competente si se cumplen los requisitos establecidos.
  • La consulta que origina este dictamen provino de una p...

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