Contraloría - Dictamen N° 50114 2006

Contraloría General: Vigencia de concesiones de radiodifusión televisiva y requisitos de personas jurídicas

Abstracto

La Contraloría General no tramita concesiones de radiodifusión televisiva a una empresa individual por tener un plazo de vigencia estatutaria inferior a los 25 años legalmente exigidos y por falta de correspondencia técnica con las bases de licitación.

Resumen

  • Las concesiones de servicio de radiodifusión televisiva de libre recepción tendrán una duración de 25 años, según lo preceptúa el artículo 15, inciso primero, de la Ley N° 18.838.
  • El artículo 15, inciso primero, de la Ley N° 18.838 exige que las concesiones de radiodifusión televisiva solo se otorgarán a personas jurídicas cuyo plazo de vigencia no sea inferior al de la concesión.
  • La Contraloría General de la República se abstiene de dar curso regular a acuerdos del Consejo Nacional de Televisión que otorgan concesiones de radiodifusión televisiva para localidades de la III Región.
  • Se considera improcedente conceder permisos de radiodifusión televisiva a la empresa "Edwin Holvoet y Compañía Limitada" porque el lapso de vigencia remanente de sus estatutos sociales es menor al de las...

Desbloquea el contenido completo gratis

Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.

Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con

Investigación Jurídica con IA

Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.

Prueba ahora