Contraloría - Dictamen N° 50114 2006
Contraloría General: Vigencia de concesiones de radiodifusión televisiva y requisitos de personas jurídicas
Abstracto
La Contraloría General no tramita concesiones de radiodifusión televisiva a una empresa individual por tener un plazo de vigencia estatutaria inferior a los 25 años legalmente exigidos y por falta de correspondencia técnica con las bases de licitación.
Resumen
- Las concesiones de servicio de radiodifusión televisiva de libre recepción tendrán una duración de 25 años, según lo preceptúa el artículo 15, inciso primero, de la Ley N° 18.838.
- El artículo 15, inciso primero, de la Ley N° 18.838 exige que las concesiones de radiodifusión televisiva solo se otorgarán a personas jurídicas cuyo plazo de vigencia no sea inferior al de la concesión.
- La Contraloría General de la República se abstiene de dar curso regular a acuerdos del Consejo Nacional de Televisión que otorgan concesiones de radiodifusión televisiva para localidades de la III Región.
- Se considera improcedente conceder permisos de radiodifusión televisiva a la empresa "Edwin Holvoet y Compañía Limitada" porque el lapso de vigencia remanente de sus estatutos sociales es menor al de las...
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