Contraloría - Dictamen N° 58144 2006
Acumulación de feriado municipal por licencia médica no autorizada
Abstracto
Funcionaria municipal no tiene derecho a acumular feriado de 2006 con 2007 por licencia médica, ya que la acumulación requiere solicitud previa y aprobación de la autoridad por necesidades del servicio, no por impedimento de salud.
Resumen
- El asunto trata sobre la solicitud de una funcionaria municipal para acumular su feriado legal correspondiente al año 2006 con el del año 2007, debido a que no pudo hacer uso de él por encontrarse con licencia médica relacionada con un embarazo de riesgo.
- Los artículos 101 y 102 de la Ley N° 18.883 establecen que el feriado legal es un derecho del funcionario para su descanso y mantención de la salud, y que debe ser gozado dentro del respectivo año calendario.
- El artículo 103 de la Ley N° 18.883 permite que el Alcalde, por necesidades del servicio, pueda anticipar o postergar la época del feriado, siempre que se disfrute dentro del año, salvo que el funcionario solicite expresamente hacer uso conjunto con el del año siguiente.
- La jurisprudencia reiterada de la Contraloría General h...
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