Contraloría - Dictamen N° 59096 2006

Dictamen sobre derogación tácita y expresa del artículo 10 LGUC

Abstracto

El presente dictamen analiza la derogación tácita y expresa de normas legales, concluyendo que el Ministerio de Vivienda no incurrió en omisión al mantener en su sitio web la versión de la LGUC sin derogar expresamente el Art. 10, pues la derogación fue tácita.

Resumen

  • Un dictamen analizó la vigencia del artículo 10 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC) tras una consulta sobre la autorización de "Conjuntos Armónicos".
  • La consulta surgió porque el Ministerio de Vivienda (MINVU) consideraba tácitamente derogado el artículo 10 de la LGUC, pero su sitio web mantenía una versión no modificada explícitamente.
  • El Código Civil, en su artículo 52, distingue entre derogación expresa (norma que explícitamente deroga otra) y tácita (norma con disposiciones incompatibles con una anterior).
  • La derogación expresa se caracteriza por la indicación precisa y concreta de las normas que pierden vigencia por una normativa posterior.
  • La derogación tácita supone una incompatibilidad o pugna de contenidos entre el ordenamiento anterior y el posterior,...

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