Contraloría - Dictamen N° 59449 2006

Dictamen sobre patente municipal: Domicilio estatutario vs. Ubicación del establecimiento

Abstracto

Contraloría establece que patente comercial se paga donde se ejerce la actividad y se ubica el establecimiento, no necesariamente en el domicilio estatutario.

Resumen

  • Una sociedad, con domicilio estatutario en una comuna, opera su actividad gravada principal y cuenta con sus oficinas en otra comuna.
  • La Municipalidad de Las Condes exigió a la sociedad Inversiones Toscana S.A. modificar su domicilio estatutario para poder otorgarle patente comercial en su comuna.
  • Según el artículo 24 del Decreto Ley N° 3.063, de 1979 (Ley de Rentas Municipales), la patente comercial grava la actividad ejercida en un local, oficina o establecimiento determinado, con independencia de la clase o número de giros.
  • El artículo 26, incisos primero y segundo, del Decreto Ley N° 3.063, de 1979, obliga a la municipalidad a otorgar la patente respectiva, tras la presentación de una solicitud de autorización para funcionar en un local u lugar determinado.
  • El artículo 12 del...

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