Contraloría - Dictamen N° 60404 2006
Dictamen sobre compensación de dietas por asistencia a sesiones de concejales
Abstracto
La Contraloría establece que la compensación de dietas por inasistencia a sesiones de concejo requiere que las sesiones se celebren efectivamente, y que la inasistencia a una puede compensarse con la asistencia a dos de comisión, siempre que se cumpla con el mínimo de sesiones legales.
Resumen
- La dieta mensual de los concejales municipales se percibe íntegramente solo por la asistencia a la totalidad de las sesiones celebradas en el mes, ya sean ordinarias o extraordinarias, disminuyéndose proporcionalmente según el número de inasistencias.
- El Artículo 88, inciso tercero, de la Ley N° 18.695, establece un mecanismo de compensación para la inasistencia a sesiones de concejo.
- Este mecanismo de compensación permite que la inasistencia a una sesión de concejo (ordinaria o extraordinaria) sea compensada por la asistencia a dos sesiones de comisión dentro del mismo mes.
- Un requisito copulativo indispensable para la aplicación del mecanismo de compensación es que las sesiones de concejo (ordinarias o extraordinarias) y las sesiones de comisión que se utilicen para la compensaci...
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