Contraloría - Dictamen N° 61117 2006

Dictamen Contraloría: Contratos Código Sanitario y Cesación Automática de Funciones

Abstracto

La Contraloría determina que los contratos bajo el Artículo 10 del Código Sanitario son transitorios, cesan automáticamente al vencimiento, y no generan derecho a indemnizaciones ni a la asignación de modernización, aclarando su aplicación tras traspaso de funciones.

Resumen

  • El Ministerio de Salud, a través de las Secretarías Regionales Ministeriales (SEREMIS), está facultado para contratar personal bajo el Código del Trabajo para campañas sanitarias o emergencias, conforme al Artículo 10 del Código Sanitario, excluyendo acciones de asistencia sanitaria integrada.
  • Los contratos celebrados en virtud del Artículo 10 del Código Sanitario son de carácter esencialmente transitorio y deben estipular un plazo fijo, no pudiendo transformarse en indefinidos.
  • El personal contratado bajo el Artículo 10 del Código Sanitario cesa automáticamente en sus funciones al expirar el plazo fijado en su contrato, sin necesidad de formalidad adicional.
  • El Artículo 10 del Código Sanitario, como norma especial, prevalece sobre disposiciones generales del Código del Trabajo, co...

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