Contraloría - Dictamen N° 61475 2006
Competencia Dirección General de Aguas para aprobar modificaciones de canales
Abstracto
Dictamen aclara que la Dirección General de Aguas es el servicio competente para aprobar proyectos de modificación de canales de regadío, no las asociaciones de canalistas, según Código de Aguas y Plan Regulador Comunal.
Resumen
- Un particular solicitó la modificación de un canal de regadío que atravesaba su propiedad en La Reina, generando problemas de salubridad y habitabilidad.
- La modificación propuesta buscaba eliminar un bypass del canal por el interior del bien raíz y completar su trazado por el bien nacional de uso público.
- El artículo 41 del Código de Aguas establece la responsabilidad del proyecto, construcción y financiamiento de modificaciones a cauces por obras públicas o urbanizaciones.
- El inciso segundo del artículo 41 del Código de Aguas define 'modificaciones' de cauces como el cambio de trazado, alteración de obras o construcción de nuevas obras.
- El artículo 171 del Código de Aguas exige que quienes deseen efectuar modificaciones a cauces presenten los proyectos a la Dirección General de ...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.
Prueba ahora