Contraloría - Dictamen N° 62003 2006
Análisis Legal de Circular sobre Buzos Mariscadores y Reglamento de Buceo
Abstracto
La Contraloría General analiza la Circular A-42/002 de DIRECTEMAR sobre buzos mariscadores, concluyendo que se ajusta al Reglamento de Buceo D.S. 752/82, especialmente en las faenas extractivas y la figura del asistente.
Resumen
- La Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante (DIRECTEMAR) tiene facultades, según la Ley Orgánica DFL N° 292, de 1953, para velar por el cumplimiento de las leyes y reglamentos técnicos y de seguridad marítima, fluvial y lacustre.
- El Reglamento de Buceo, aprobado por Decreto Supremo N° 752, de 1982, del Ministerio de Defensa Nacional, y modificado por el Decreto N° 11, de 2005, establece las normas para las operaciones de buceo profesional.
- El Artículo 604 del Reglamento de Buceo establece la regla general de que en todos los trabajos de buceo deberá existir un Supervisor de Buceo.
- El Artículo 901, letra e), del Reglamento de Buceo prevé una excepción a la regla general, disponiendo que en las faenas de buceo extractivo deberá existir un asistente por cada buzo...
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