Contraloría - Dictamen N° 13632 2007

Reliquidación de Pensión de Retiro por Nuevos Servicios en DIPRECA

Abstracto

Un ex funcionario de DIPRECA tiene derecho a reliquidar su pensión de retiro al haber reingresado a servicios en el mismo organismo, debiendo cotizar y reintegrar las cotizaciones retiradas, sin haber optado por el Nuevo Sistema de Pensiones.

Resumen

  • Un ex funcionario de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (DIPRECA) solicitó la reliquidación de su pensión de retiro al haber reingresado a prestar servicios en el hospital de dicho organismo.
  • La Ley N° 18.458, en su artículo 10°, establece que los pensionados de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional y de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, al volver al servicio en instituciones dependientes del Ministerio de Defensa Nacional, continuarán afectos a dichos organismos de previsión.
  • El derecho a la reliquidación de la pensión procede si el pensionado que reingresa a servicios no se ha adscrito en el tiempo intermedio a una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) para sus nuevos servicios.
  • El peticionario, durante servicios previos en el hospital ...

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