Contraloría - Dictamen N° 31869 2007
Procedencia reincorporación personal Armada tras condena y beneficio DL 409/32.
Abstracto
La Contraloría determina que la reincorporación de personal de la Armada que renunció por inhabilidad legal y luego fue beneficiado por DL 409/32 no es automática, sino que habilita solo para participar en nuevos procesos de ingreso.
Resumen
- Se solicita pronunciamiento sobre la procedencia de reincorporar al personal de Gente de Mar de la Armada que renunció por inhabilidad legal (arts. 54(c) y 64 Ley 18.575) y posteriormente fue beneficiado por el decreto ley N° 409 de 1932.
- La Ley N° 18.575, en su artículo 54, letra c), establece que las personas condenadas por crimen o simple delito no podrán ingresar a cargos en la Administración del Estado, sin perjuicio de inhabilidades especiales.
- El artículo 64 de la Ley N° 18.575 obliga al funcionario a declarar inhabilidades sobrevinientes a su superior jerárquico dentro de los diez días siguientes a su configuración, debiendo presentar renuncia a su cargo.
- El incumplimiento de la obligación de declarar inhabilidad sobreviniente y renunciar, según el artículo 64 de la Ley 18....
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.
Prueba ahora