Contraloría - Dictamen N° 42389 2007
Cese de relación laboral docente por salud incompatible y licencias médicas
Abstracto
La Contraloría General analiza el cese de una docente por salud incompatible, concluyendo que la licencia médica no impide esta causal, y que las licencias posteriores a la desvinculación no deben ser tramitadas por la municipalidad.
Resumen
- El artículo 148 de la Ley N° 18.883 faculta al Alcalde para poner término a la relación laboral docente por causal de salud incompatible, especialmente cuando el funcionario ha hecho uso de 190 días de licencia médica en los dos últimos años.
- El goce de licencia médica no confiere inamovilidad especial al funcionario municipal ni impide la aplicación de causales legales de término de relación laboral, como la de salud incompatible, según criterio jurisprudencial administrativo (ej. Dictamen N° 54.918/2005).
- Para acreditar que una enfermedad fue producida a consecuencia del desempeño de las funciones (enfermedad profesional), es necesario un dictamen de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (CMPIN), según lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley N° 18.883.
- La jurisprudenci...
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