Contraloría - Dictamen N° 49996 2007
Dictamen Contraloría: Irreducibilidad de deuda confirmada por sentencia judicial
Abstracto
Dictamen establece que el Contralor General carece de facultades para condonar o rebajar deudas confirmadas por sentencias judiciales firmes, debido a la primacía de la decisión judicial sobre la potestad administrativa.
Resumen
- El Contralor General carece de atribuciones legales para condonar, rebajar o disminuir la suma a que un particular ha sido condenado a restituir mediante sentencia judicial firme y ejecutoriada.
- Esta limitación se fundamenta en el artículo 67, inciso cuarto, de la Ley N° 10.336, que excluye expresamente de las facultades liberatorias del Contralor aquellas obligaciones que deriven de una sentencia judicial.
- El solicitante, ex Director de la Corporación Nacional Forestal, basó su petición de rebaja en los artículos 67 (inciso quinto) y 67 bis de la Ley N° 10.336.
- Dichas disposiciones otorgan al Contralor facultades discrecionales para liberar o reducir obligaciones pecuniarias por razones de equidad o buena fe, pero estas están subordinadas a la excepción establecida en el inciso cu...
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