Contraloría - Dictamen N° 51298 2007
Prohibición contratación docentes condenados por violencia intrafamiliar municipal
Abstracto
Dictamen aclara que municipios no pueden contratar docentes condenados por violencia intrafamiliar, aunque el Ministerio de Educación los autorice, debido a prohibición legal específica.
Resumen
- El Decreto N° 352/2003 del Ministerio de Educación faculta a dicho organismo para autorizar a determinadas personas el ejercicio de la docencia.
- El artículo 24, número 5, del DFL N° 1 de 1997 (que fija el texto refundido de la Ley N° 19.070, Estatuto de los Profesionales de la Educación) establece la prohibición de que se incorporen a la dotación del sector municipal aquellos profesionales que se encuentren inhabilitados o condenados por crimen o simple delito, o específicamente condenados en virtud de la Ley N° 19.325 sobre violencia intrafamiliar.
- La Ley N° 19.325 regula la materia relativa a los actos de violencia intrafamiliar.
- La modificación incorporada por el artículo 5°, número 3, de la Ley N° 19.979 al Estatuto de los Profesionales de la Educación (Ley N° 19.070) introdujo...
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