Contraloría - Dictamen N° 10070 2008
Interpretación plazos caducidad declaración utilidad pública ley 19.939
Abstracto
La Contraloría General aclara que las declaratorias de utilidad pública de predios urbanos vigentes antes de la ley 19.939 tendrán un plazo mínimo de 5 años desde su entrada en vigor.
Resumen
- La Ley N° 19.939 modificó el artículo 59 del DFL N° 458, de 1976, Ley General de Urbanismo y Construcciones, estableciendo plazos de caducidad para las declaratorias de utilidad pública.
- La Ley N° 19.939 fue publicada en el Diario Oficial el 13 de febrero de 2004.
- Para los terrenos destinados a vías expresas en áreas urbanas, el plazo de caducidad de la declaratoria de utilidad pública es de diez años según la nueva normativa.
- Para los terrenos destinados a otros fines de utilidad pública (troncales, colectoras, de servicio, parques intercomunales y comunales, incluidos sus ensanches) en áreas urbanas, el plazo de caducidad es de cinco años según la nueva normativa.
- El artículo transitorio primero de la Ley N° 19.939 estableció un plazo mínimo de vigencia de cinco años a contar d...
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