Contraloría - Dictamen N° 10538 2008
Dictamen: Plazo pensión inutilidad segunda clase para personal FFAA y Carabineros
Abstracto
Este dictamen establece que el plazo de un año para solicitar la pensión por inutilidad de segunda clase comienza a computarse desde la fecha de retiro, revocando criterios anteriores que lo fijaban desde la calificación de la enfermedad.
Resumen
- El derecho a solicitar la modificación de la causal de retiro a "inutilidad de segunda clase" por padecer una enfermedad invalidante de carácter permanente, se hace exigible desde la fecha de desvinculación del respectivo servidor de la institución.
- Se establece un plazo de un año, contado desde que se hicieron exigibles los beneficios, para solicitar la pensión por inutilidad de segunda clase.
- El cómputo de dicho plazo de un año comienza a partir de la fecha del retiro del servidor, siempre y cuando a esa época haya estado sufriendo la enfermedad invalidante que motiva el cambio de causal.
- El pago de las pensiones de retiro y montepío, así como sus reajustes, acrecimientos, modificaciones o aumentos, se efectuará desde la fecha del retiro si la solicitud se realiza dentro del plaz...
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