Contraloría - Dictamen N° 12757 2008
Dictamen sobre inhabilitación para ascenso en Gendarmería por Lista 3
Abstracto
La Contraloría General determinó que un funcionario de Gendarmería no puede ascender al estar calificado en lista 3, conforme a los artículos 26 y 30 del DFL 1791/79, desestimando su petición.
Resumen
- Un funcionario de Gendarmería de Chile solicitó un pronunciamiento sobre su ubicación en el escalafón y su elegibilidad para ascender dentro de la institución.
- Gendarmería de Chile informó que el recurrente no cumplía con el requisito de estar calificado en lista N° 1 o N° 2, ya que en el período calificatorio 2004-2005 obtuvo 14,83 puntos, clasificándolo en Lista N° 3.
- El artículo 26, N° 2, del DFL N° 1791, de 1979, Estatuto del Personal de Gendarmería de Chile, establece como requisito para el ascenso del personal estar calificado en lista N° 1 o N° 2.
- El artículo 30 del mencionado Estatuto dispone que el personal calificado en lista N° 3 y aquel suspendido preventivamente del cargo no podrá obtener ascenso mientras permanezca en tal situación.
- El período calificatorio del pers...
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