Contraloría - Dictamen N° 25575 2008

Venta de inmueble fiscal: requisitos legales según Ley 18.714 para Bienestar PDI

Abstracto

Dictamen aclara que el Jefe de Bienestar de la PDI puede vender un bien fiscal si cumple requisitos legales: resolución fundada, aprobación del Director General y anotación previa de la asignación fiscal en el Conservador de Bienes Raíces.

Resumen

  • El Jefe de Bienestar de la Policía de Investigaciones de Chile está facultado para enajenar, hipotecar o gravar los bienes raíces que integran el patrimonio de afectación fiscal del servicio, conforme al Nuevo Estatuto de la Jefatura de Bienestar (Ley N° 18.714).
  • La enajenación de bienes raíces fiscales por el Jefe de Bienestar debe ser calificada mediante una resolución fundada y contar con la aprobación previa del Director General de la Policía de Investigaciones de Chile.
  • Los productos obtenidos de la enajenación de bienes raíces fiscales deben ingresar al patrimonio de afectación fiscal del servicio.
  • La facultad de enajenación de bienes raíces fiscales por el Jefe de Bienestar se fundamenta en el artículo 8º, inciso segundo, de la Ley N° 18.714.
  • Como requisito previo indispen...

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