Contraloría - Dictamen N° 26378 2008
Publicación de Ordenanzas Municipales según DL 3063/79 y Ley 19.880
Abstracto
El dictamen establece que solo las ordenanzas municipales del artículo 42 del DL 3063/79 tienen reglas de publicación específicas; las demás deben publicarse en el Diario Oficial conforme al artículo 48 de la Ley 19.880.
Resumen
- La Municipalidad de Recoleta consultó sobre la forma de publicar ordenanzas municipales, diferenciando entre las reguladas por el artículo 42 del DL 3063/79 y las que deberían regirse por el artículo 48 de la Ley 19.880.
- Las ordenanzas municipales son normas generales y obligatorias para la comunidad, conforme al artículo 12 de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
- El artículo 42 del DL N° 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales, establece métodos de publicación específicos (Diario Oficial, sitio web municipal o diario regional) para ordenanzas relativas a la determinación, modificación o supresión de derechos por servicios, concesiones o permisos.
- La Ley N° 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos, tiene carácter supletorio (Ar...
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