Contraloría - Dictamen N° 29031 2008
Contraloría: Facultad de Subtel para requerir datos personales de reclamantes
Abstracto
La Contraloría General determinó que la Subsecretaría de Telecomunicaciones puede requerir datos personales de clientes reclamantes para medir indicadores, sin infringir la ley, y los concesionarios deben proporcionarlos.
Resumen
- La Subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel) posee la facultad legal de requerir a concesionarios y permisionarios de servicios de telecomunicaciones los antecedentes e informes necesarios para el cumplimiento de sus funciones de control y supervigilancia, conforme al artículo 37, inciso segundo de la Ley N° 18.168 y el artículo 6°, letra k) del Decreto Ley N° 1.762 de 1977.
- La atribución de Subtel para requerir información se fundamenta en su rol de controlar y supervigilar el funcionamiento de los servicios públicos de telecomunicaciones y proteger los derechos del usuario, según el artículo 7°, inciso segundo de la Ley N° 18.168.
- El Sistema de Transferencia de Información de Telecomunicaciones (STI), creado por resolución exenta N° 159 de 2006, es el mecanismo establecido para ...
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