Contraloría - Dictamen N° 29076 2008

Plazo para declaración de capital propio en patente municipal y multas

Abstracto

El dictamen clarifica que los contribuyentes de patente municipal deben declarar su capital propio ante el municipio en el plazo fijado por el SII para evitar multas, independientemente de la presentación simultánea de su balance ante dicho servicio.

Resumen

  • La Ley de Rentas Municipales (DL N° 3.063/79), en su artículo 24, inciso cuarto, establece la obligación para los contribuyentes de patente municipal de declarar su capital propio.
  • Esta declaración de capital propio, junto con copia del balance del año anterior presentado al Servicio de Impuestos Internos (SII), debe ser entregada a la municipalidad respectiva.
  • El plazo para la presentación de esta declaración ante el municipio es de 10 días hábiles siguientes al vencimiento del plazo que fije el SII para esta materia tributaria.
  • El artículo 52 de la Ley de Rentas Municipales contempla una multa del 50% sobre el valor de la patente para quienes no cumplan con la obligación de declarar su capital propio dentro de los plazos establecidos.
  • Se interpreta que la frase 'el plazo que fi...

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