Contraloría - Dictamen N° 29687 2008
Tiempo servido en Universidad Católica no computa para bono retiro voluntario.
Abstracto
Dictamen establece que el tiempo servido en la Pontificia Universidad Católica no es computable para los 20 años de servicio requeridos para el bono de retiro voluntario de la ley 20.212, al no constituir un servicio público estatal.
Resumen
- El dictamen responde a la consulta de José Contreras Silva, funcionario de la Dirección Administrativa de la Presidencia, sobre la aplicabilidad del tiempo servido en la Pontificia Universidad Católica para el bono de retiro voluntario.
- El bono de retiro voluntario, establecido en el artículo sexto transitorio de la ley N° 20.212, es de naturaleza laboral.
- Para acceder al bono de retiro, el artículo séptimo transitorio de la ley N° 20.212 exige, entre otros requisitos, tener o cumplir al menos 20 años de servicios continuos o discontinuos.
- Estos 20 años de servicio deben ser en las instituciones que conforman la Administración Central del Estado, según lo prescribe el artículo 1º de la ley N° 18.575.
- La ley N° 20.212 establece plazos específicos para el cumplimiento del requisito...
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