Contraloría - Dictamen N° 29814 2008
Compatibilidad entre pensión de montepío y asignación familiar
Abstracto
La Contraloría determina que la asignación familiar y la pensión de montepío son beneficios de distinta naturaleza y fundamentos, por lo que no es procedente hablar de compatibilidad entre ellos; se clarifica la pérdida de calidad de causante de asignación familiar.
Resumen
- La Contraloría General de la República analiza la consulta sobre la compatibilidad entre la asignación familiar y la pensión de montepío.
- Se determina que la asignación familiar y la pensión de montepío son beneficios de distinta naturaleza jurídica, fundamentados en distintos presupuestos.
- Por lo anterior, no resulta procedente hablar de compatibilidad entre la asignación familiar y la pensión de montepío.
- El marco legal para la asignación familiar se encuentra en el Sistema de Prestaciones Familiares, establecido en el decreto con fuerza de ley N° 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
- Una madre, en su calidad de pensionada, tuvo derecho a percibir asignación familiar por tener a su cargo una hija inválida, quien era causante para dichos efectos.
- Dicha c...
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