Contraloría - Dictamen N° 41103 2008

Contraloría: Municipio no puede intermediar venta de seguros de vehículos

Abstracto

La Contraloría determinó que la Municipalidad de Vitacura excedió sus atribuciones legales al actuar como intermediaria en la venta de seguros obligatorios de accidentes personales, ordenando sumario administrativo.

Resumen

  • Marco Legal de Permisos de Circulación y Seguros: Las municipalidades otorgan permisos de circulación (DL 3063/79) y no pueden hacerlo sin acreditar la contratación del seguro obligatorio de accidentes personales del vehículo (Ley 18.490). Los vehículos deben portar ambos documentos (Ley 18.290).
  • Facultad Municipal Limitada para Venta de Seguros: Los alcaldes pueden autorizar la venta de seguros en recintos municipales (Art. 63 g) Ley 18.695), pero esta facultad no puede implicar el desarrollo de una actividad comercial municipal o el favorecimiento de una aseguradora. La jurisprudencia exige igualdad de trato o licitación.
  • Prohibición de Intermediación Comercial por Municipios: La Contraloría determinó que la Municipalidad de Vitacura excedió sus atribuciones al actuar como intermed...

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