Contraloría - Dictamen N° 41869 2008
Compatibilidad empleo municipal y junta de vecinos e imparcialidad administrativa
Abstracto
La Contraloría General determina que es compatible el desempeño de un cargo municipal y la presidencia de una junta de vecinos, siempre que el funcionario se abstenga de intervenir en asuntos municipales relativos a la junta para no afectar su imparcialidad.
Resumen
- Se denunció que el funcionario municipal de Maipú, Domingo Antonio Sepúlveda Gatica, desempeñaba simultáneamente el cargo de presidente de una junta de vecinos de la misma comuna, considerando incompatibles ambas funciones.
- La Ley N° 18.883, sobre Estatuto para Funcionarios Municipales, no establece como requisito de ingreso a la municipalidad la exigencia de no tener la calidad de miembro del directorio de una organización comunitaria.
- La Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, no prevé como inhabilidad de ingreso o sobreviniente a una municipalidad la circunstancia de pertenecer al directorio de una junta de vecinos.
- La Ley N° 19.418, sobre Juntas de Vecinos y demás Organizaciones Comunitarias (cuyo texto refundido, coordinado y ...
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