Contraloría - Dictamen N° 42947 2008

Dictamen Contraloría: Error en nombre de boleta no impide prestación bienestar

Abstracto

La Contraloría dictaminó que un error menor en el nombre de una boleta de honorarios médicos no impide el otorgamiento de una prestación de bienestar municipal, si la identidad se acredita con el número de cédula.

Resumen

  • Se analizó la denegación de una prestación de bienestar a una funcionaria municipal por un error en el nombre consignado en una boleta de honorarios médicos.
  • El Servicio de Bienestar de la Municipalidad de La Cisterna negó la prestación al constatar que la boleta indicaba "Anita Luz González Campos" en lugar de "Ana Luz González Campos".
  • La Ley N° 19.754, en su artículo 1°, autoriza a las municipalidades a otorgar prestaciones de bienestar al personal para el mejoramiento de sus condiciones de vida.
  • El artículo 7° de la Ley N° 19.754 establece que las municipalidades deben definir en sus reglamentos los beneficios de bienestar social, sus modalidades y beneficiarios.
  • La Contraloría General estimó que el error en el nombre de la boleta de honorarios no representaba una envergadura...

Desbloquea el contenido completo gratis

Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.

Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con

Investigación Jurídica con IA

Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.

Prueba ahora