Contraloría - Dictamen N° 43152 2008

Contraloría: Empleador no puede rechazar licencias médicas de trabajadora embarazada

Abstracto

La Contraloría General determina que el empleador no tiene facultad para rechazar licencias médicas de trabajadoras embarazadas, debiendo remitirlas a organismos competentes y respetar su fuero maternal, salvo autorización judicial para despido.

Resumen

  • El empleador carece de facultades legales para rechazar o invalidar las licencias médicas presentadas por sus trabajadores.
  • La competencia exclusiva para autorizar, rechazar, ampliar o reducir períodos de licencias médicas recae en organismos de salud como las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN), la Unidad de Licencias Médicas o las Instituciones de Salud Previsional.
  • La labor del empleador frente a una licencia médica se limita a recibirla, completar el formulario correspondiente y remitirla a los órganos de salud competentes para su autorización.
  • Los artículos 16, 29 y 55 del Decreto N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud, establecen los organismos facultados para el tratamiento y resolución de licencias médicas.
  • Una trabajadora embarazada no debe ser destina...

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