Contraloría - Dictamen N° 43990 2008
Contraloría General no es competente en materias de elección de concejales
Abstracto
La Contraloría General de la República no puede pronunciarse sobre la elección de alcaldes y concejales, pues esta competencia exclusiva corresponde a los Tribunales Electorales Regionales, conforme a la Constitución y leyes vigentes.
Resumen
- La Contraloría General de la República no tiene competencia para emitir pronunciamientos sobre aspectos relacionados con la elección de alcaldes y concejales, cualquiera sea la forma y oportunidad en que ello acontezca.
- Esta competencia, en virtud de la Constitución Política y la Ley Orgánica de Municipalidades, está radicada en los Tribunales Electorales Regionales.
- El artículo 96 de la Constitución Política establece que los Tribunales Electorales Regionales son los encargados de conocer el escrutinio general y la calificación de las elecciones que la ley les encomiende.
- Los Tribunales Electorales Regionales también tienen la facultad de resolver las reclamaciones a que dieran lugar las elecciones, y sus resoluciones serán apelables ante el Tribunal Calificador de Elecciones.
- L...
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